Categoría: Opinión

EUGENIO HERNANDEZ FLORES: EL OPTIMISMO DESBORDADO Y LA EXTRADICION EN EL OTRO LADO  

La salida de prisión del ex gobernador de Tamaulipas, Eugenio Hernández Flores para que siga su juicio de extradición en libertad, generó una conmoción política en su estado natal. Aunque sigue en riesgo de ser entregado al gobierno de Estados Unidos para que haga frente a delitos relacionados con el lavado de dinero que le imputan, muchos de sus seguidores reaccionaron con optimismo, al grado de que lo hacen de regreso a la política local.

Él también se manifestó de buen animo. Durante una entrevista que concedió a un medio tamaulipeco inmediatamente después de salir de la cárcel, Hernández Flores, se expresó contento por lo que viene: “Me siento muy bien, listo para una vida renovada, listo para seguirle”.

Entre las reacciones a la liberación del ex gobernador, no faltaron aquellas que recordaron, con toda razón, que los delitos del fuero común que se le imputaron en Tamaulipas y por los que lo enviaron a prisión, fueron una venganza del entonces mandatario estatal Francisco García Cabeza de Vaca.

En el contexto de su posible extradición, la Fiscalía General de la República calificó como una “conducta judicial inadmisible” la decisión del juez federal Genaro Antonio Valerio Pinillos de otorgarle la libertad mediante caución, considerándola como «garantía ilusoria», que genera el riesgo de que Hernández Flores se fugue.

La situación legal del también ex alcalde de Ciudad Victoria es complicada. Las imputaciones en su contra en Estados Unidos son graves. Lo acusan de conspirar para lavar instrumentos monetarios y ayudar e instigar la operación de un negocio de transferencia de dinero sin licencia.

En el 2015, el gobierno estadounidense dio a conocer su intención de solicitar una “sentencia monetaria de 30 millones de dólares. Si fuera extraditado, Hernández Flores enfrentaría una condena de 20 años por lavado de dinero y otros cinco por operar un negocio de transferencia de dinero sin licencia.

 

Hay que recordar que el ex gobernador de Tamaulipas, armó una red de empresas, domiciliadas en Hidalgo, Texas, que fueron utilizadas para lavado de dinero. La primera fue PCR Consulting Services, registrada el 29 de octubre de 2008 ante el gobierno de Texas, que estuvo vinculada a otras siete donde aparecían familiares de Hernández Flore y parientes de una de sus ex colaboradoras en el gobierno tamaulipeco.

Golo Management, fue registrada ante el gobierno texano el 14 de diciembre de 2010 por Adriana González Lozano, entonces esposa del ex mandatario tamaulipecco. Esta empresa aparecía como propietaria de una de las lujosas viviendas que el gobierno estadounidense incautó en McAllen, Texas al ex gobernado como parte de la causa criminal que tiene en su contra.

A mediados del 2011, Hernández Flores junto con González Lozano creó Hergo Business Solutions International.

El 21 de junio de ese mismo año, Sergio Luis González Lozano, hermano de Adriana, y Myrthala Catalina González Jasso, registraron la compañía Semy International, LLC, que como las otras aparece relacionada con PCR Consulting Services y también con la misma dirección en Hidalgo, Texas.

Como asociados de PCR Consulting Services estaban Juan Antonio Pérez Cantú y Mónica Pérez Cantú, hermanos de Luis Alejandro y Rocío, director de Averiguaciones Previas de la procuraduría estatal y Directora de Atención Ciudadana de la oficina del gobernador durante el sexenio de Hernández Flores

Rocío Pérez Cantú, fue responsable de la oficina de gestoría de Eugenio Hernández Flores, cuando fue diputado federal. Posteriormente la nombraron directora de Relaciones Públicas del Ayuntamiento de Victoria en el tiempo en que este fue presidente municipal. Cuando se convirtió en gobernador del estado la designó directora de la oficina de Atención Ciudadana.

El 12 de enero de 2009, Marcia Guadalupe Pérez Cantú, una de las hermanas de la ex funcionaria estatal, asociada con Mónica Andrea y Marcia Alejandra Roca Pérez y María Fidelfa Marcia Guadalupe Cantú, crearon la sociedad 3Perez Management.

En agosto de 2010, se constituyó otra empresa con nexos con PCR Consulting Services. Mónica Andrea Roca Pérez aparece asociada con María Luisa Irizar en Monrope Consulting, LLC, que también compartía el domicilio con las demás relacionadas con el ex gobernador tamaulipeco.

Entre mayo de 2009 y julio de 2011, se crearon otras tres sociedades de responsabilidad limitada que formaron parte de la red creada por Hernández Flores: MG Media, registrada el 17 de julio de 2009; Dermium, dada de alta el 26 de octubre de 2010 y Loreli International, inscrita ante el gobierno de Texas el 4 de mayo de 2011.

INE: QUE SE CALLE ANDRES

La reacción del presidente Andrés Manuel López Obrador a la resolución de la Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral, derivada de la queja de la senadora Xóchitl Gálvez Ruiz, en la que le ordena que se abstenga de hacer manifestaciones sobre temas electorales, era previsible.

Expresó su desagrado y rechazo a lo que, erróneamente, consideró un acto que vulnera su derecho a la libertad de expresión. Luego, arguyendo que aun no le notificaban las medidas cautelares que le impusieron, que incluyeron que se eliminen de los archivos de la Mañanera todas sus expresiones contra la aspirante opositora a la candidatura a la Presidencia de la República, volvió a arremeter contra ella.

El INE consideró que los dichos de López Obrador, son contrarios a los principios constitucionales que tutelan los valores básicos, fundamentales, de las elecciones libres. El presidente se dijo lastimado en su libertad a expresar sus ideas, derecho que, como cualquiera, tiene garantizado constitucionalmente pero que, en su caso como servidor público, tiene acotado por la obligación que tiene de no usar el poder publico para influir en las elecciones.

Es indudable que todas sus descalificaciones contra la oposición, dentro y fuera de los partidos políticos, tienen un propósito político, una clara intención de menoscabar las de por si limitadas posibilidades que sus adversarios tienen para disputarle a su partido la elección presidencial.

El fenómeno mediático, político y social en que se convirtió la senadora Gálvez Ruiz, que sacudió no solo el proceso interno para la selección del Responsable de la Construcción del Frente Amplio por México, sino también el de Morena, hizo que López Obrador, redireccionara e individualizara sus embates cotidianos desde la Mañanera.

Por más que no le guste, López Obrador ha sido considerado responsable de violentar los principios de imparcialidad, neutralidad y equidad en la contienda.

El INE determinó que sus declaraciones podrían incidir en el ánimo de los electores en el Proceso Electoral Federal que está próximo a iniciar. Lo vinculó para que “bajo cualquier modalidad o formato” se abstenga de realizar manifestaciones, emitir comentarios, opiniones, o señalamientos sobre temas electorales, ya sea de forma positiva o negativa, cuidando que su actuar se ajuste a esos principios constitucionales. Qué cumpla con sus obligaciones legales, así de simple.

La resolución también ordenó que se supriman de los archivos de audio, audiovisuales y/o versiones estenográficas de las conferencias matutinas realizadas los días 3, 4, 5, 7 y 11 de este mes de julio, todas sus manifestaciones contra la senadora panista.

El presidente López Obrador tiene razón en decir que lo quieren callar. Es cierto pero porque tiene que cumplir con su deber de no hacer. Tiene que acatar las restricciones que le mandata la constitución.

CIUDAD JUAREZ: ES CULPA DEL GOBIERNO

La tragedia ocurrida en la mal llamada Estancia Provisional del Instituto Nacional de Migración en Ciudad Juárez, Chihuahua, es responsabilidad del gobierno mexicano. Independientemente de las acciones penales que se ejerzan contra quienes abandonaron a los migrantes que fallecieron y a los que resultaron heridos en el incendio en la celda donde los tenían recluidos, el gobierno falló en su obligación de tutelar los derechos de las víctimas.

Al privarlos de la libertad, las autoridades incumplieron con la obligación que les impone la constitución y la legislación secundaria de respetar de manera irrestricta los derechos humanos de los migrantes. Aplicaron abusivamente una medida de castigo legalmente injustificable.

Aunque la Ley de Migración contempla procedimientos administrativos que, en circunstancias específicas, pueden implicar que un extranjero en situación irregular quede en custodia de la autoridad, señala que al ser presentado ante el Instituto Nacional de Migración deberá ser alojado en lugares que reúnan condiciones adecuadas para su permanencia.

Los videos de la llamada “Estancia Provisional” de Ciudad Juárez que se conocieron, muestran que el sitio es un centro de detención que violaba la prohibición expresa de la ley de utilizar centros de encarcelamiento, de reclusión preventiva o de ejecución de sentencias para el alojamiento temporal de los migrantes.  Peor aún que eso fue que los hayan tenido en cautiverio.

Por otra parte, aunque la autoridad deberá determinar si la conducta de cada uno de los guardias particulares durante el incendio es punible, llama la atención el singular énfasis que se hecho sobre las irregularidades con las que, se asegura, operaba la empresa de seguridad privada contratada para el resguardo del lugar. 

Eso es hasta cierto punto irrelevante porque la responsabilidad del cumplimiento de lo dispuesto por la legislación migratoria es del gobierno. Es la autoridad migratoria la que, desde el momento en que las detuvo, violó los derechos de las víctimas.

No hay que perder de vista que en su desplazamiento por el país para llegar a la frontera con Estados Unidos, los extranjeros indocumentados enfrentan muchos peligros que incluyen agresiones de la delincuencia organizada y abusos graves por parte de funcionarios de los tres niveles de gobierno.

Por ejemplo, de 2022 a la fecha. La Comisión Nacional de los Derechos Humanos, ha emitido mas de 30 recomendaciones por violaciones a las garantías de personas extranjeras, principalmente de autoridades migratorias.   Es culpa del gobierno.

CABEZA DE VACA Y LA ASF      

Mexicanos Contra la Corrupción y la Impunidad (MCCI), publicó una amplia investigación sobre las deficiencias de la Auditoria Superior de la Federación para recuperar miles de millones de pesos de recursos públicos sobre los que, hasta ahora, después de varios años, no se sabe su destino.

En el trabajo de la organización se expone la situación de las cuentas públicas de varios estados del país que recibieron observaciones de la ASf por el manejo poco claro del dinero. Entre ellas está Tamaulipas, en el periodo que corresponde a la administración que presidió Francisco García Cabeza de Vaca, que dejó sin aclarar más de 14 mil millones de pesos.

Enfatiza que el gobierno de García Cabeza de Vaca, es una de las que tienen el mayor número de observaciones “en la historia de la Auditoría Superior”. Agrega que una solicitud de aclaración de 8 mil 777 millones de pesos que se le hizo en 2018 aún sigue sin comprobarse.

La investigación de MCCI encontró que, al finalizar su gestión, el ex gobernador panista dejó sin solventar casi 15 mil millones de pesos, que equivalen al 60 por ciento de 18 mil 311 millones que le fueron observados.

Indica que la Auditoria Superior de la Federación encontró irregularidades como pagos en exceso a funcionarios, obras públicas de las que no hay evidencias documentales y recursos destinados a la educación de los cuales se desconoce su destino.

En el documento se destaca que al hacer un análisis sobre las observaciones que realizó la ASF a las cuentas de los gobiernos estatales, Tamaulipas fue uno de los estados con mayores montos observados.

“Para el ejercicio de 2018, que fue el segundo año en funciones de García cabeza de Vaca, su administración concentró la mayor cantidad de dinero con anomalías de todo su sexenio, la cifra superó los 13 mil 323 millones de pesos”.

Resalta que, en una sola observación, el órgano de fiscalización federal solicitó aclarar el destino de casi 9 mil millones de pesos de los cuales no encontró rastro durante la auditoría.

“Para que el Gobierno del Estado de Tamaulipas aclare y proporcione la documentación adicional justificativa y comprobatoria de 8,777,194,908.17 pesos por concepto de falta de presentación de la información contractual de proveedores y contratistas (contrato, monto, razón social, RFC, descripción, monto de facturas, cuenta bancaria, y banco) del ejercicio de los recursos de Participaciones Federales 2018, la cual fue requerida mediante los anexos en materia de obra y adquisiciones, impidiéndose la conciliación con la información financiera emitida por la Secretaría de Finanzas del estado de Tamaulipas”, señala el requerimiento de la ASF al gobierno de Cabeza de Vaca.

Entre las irregularidades detectadas en el 2018 a esa administración y que siguen sin solventarse, esta la construcción de Centros Integrales de Prevención y Participación Ciudadana en Altamira, San Fernando, Reynosa, Soto la Marina y Miguel Alemán donde se documentaron trabajos no ejecutados y otras obras sin respaldo de documento. Los pagos sin sustento ascendieron a casi 78 millones de pesos a varias empresas.

También se encontraron irregularidades en las construcciones de un edificio para el Centro de Convenciones, en Reynosa, y del Museo del Niño, en Tampico.

MCCI refiere que la mayoría de los convenios están firmados por Reynaldo Garza Gómez, quien se desempeñaba como subsecretario de Servicios Técnicos y Proyectos de la Secretaría de Obras Publicas de la administración panista.

Revela que las empresas beneficiadas con esos contratos en los que se detectaron los incumplimientos, se encuentran Qaderm SA de CV, Advance Builders SA de CV, Maderería El Retorno S de RL de CV, 3GR Ingeniería y Construcción SA de CV, Servicio y Soluciones RA y BA S de RL de CV, Inmobiliaria RC de Tamaulipas SA de CV, Transportaciones y Construcciones Tamaulipecos SA de CV y Nova Home Construcciones SA de CV.

Agrega que otras observaciones que hizo la ASF al gobierno estatal panista por un probable daño a la hacienda pública comprende un monto de poco más de 600 millones de pesos ejercidos por la Dirección General de Compras y Operaciones Patrimoniales, la Subsecretaría de Administración y Finanzas y la Comisión de Energía de Tamaulipas.

LA CARICATURA DE IMELDA  

Recientemente el Instituto Nacional Electoral resolvió una queja del PAN y de su candidata a la senaduría por Tamaulipas, Imelda Sanmiguel Sánchez, por presunta violencia política por razón de género derivada de una caricatura política publicada por el medio electrónico “La Trilla Tamaulipas”.

En el dibujo caracterizaron a la también diputada local como un títere de guante manipulado por el ex gobernador Francisco García Cabeza de Vaca.  El INE resolvió a favor de Sanmiguel Sánchez al considerar que la caricatura constituyó violencia política en su contra al reiterar el estereotipo de que las mujeres ocupan un rol de subordinación que demerita su capacidad política para ser candidata a un puesto de elección popular.  El instituto ordenó a Facebook el retiro del material motivo de la inconformidad de la candidata y su partido

Con burla y exageración como elementos básicos de la caricatura política, el material gráfico lo que hizo fue individualizar la influencia determinante que sigue teniendo el ex gobernador panista sobre los diputados locales tamaulipecos del Partido Acción Nacional, que actúan como sus subordinados en tareas legislativas, cosa muy común en el sistema político mexicano.

Luego de que Américo Villarreal Anaya ganó la gubernatura del estado en junio de 2022, la bancada panista, que mediante diversas maquinaciones se hizo del control de la mayoría en el Congreso de Tamaulipas, aprobó reformas surgidas de Palacio de Gobierno que tuvieron el propósito de sustraerle al nuevo gobierno responsabilidades en materia de seguridad pública y prestación de servicios de agua y drenaje.

Por ejemplo, la reforma que le hicieron a la Ley de Aguas de Tamaulipas, con un criterio alejado del interés común establecía que la designación y remoción de los gerentes de los organismos estatales operadores de agua era atribución del gobernador, pero condicionada a la aprobación de la mayoría calificada de los integrantes del Congreso. El propósito de esta reforma era que, en la idea de que el PAN con sus aliados mantuviera esa mayoría, a partir de la entrada del nuevo gobernador la administración de dichos organismos continuara en manos de quienes habían sido designados por el ex gobernador García Cabeza de Vaca.

Esas reformas hechas a modo se revirtieron cuando Morena, igualmente con maquinaciones parecidas a las del PAN, se rehízo de la mayoría legislativa.

PODER JUDICIAL: EL BONILLAZO DE LOS SENADORES MORENISTAS

Al aprobar extender 2 años el periodo de Arturo Saldivar Lelo de Larrea como presidente de la Suprema Corte de Justicia y el de los integrantes del Consejo de la Judicatura Federal, la mayoría dominada por Morena en el Senado de la República, cometió un grave atentado a la constitución.

Mediante un artículo transitorio, introducido de última hora en el dictamen, pretenden modificar la temporalidad de esos cargos, claramente establecida en la carta magna.

Esta burda maniobra pretende imponer una legislación secundaria sobre lo dispuesto como mandato constitucional. Este asalto legislativo, que se ha calificado como un “golpe de estado al Poder Judicial”, muestra tentaciones autoritarias, sumamente preocupantes, que trastocan la división de poderes.

Los senadores que votaron a favor del dictamen, actuaron con un mayor desprecio por la legalidad que los diputados locales de Baja California que en octubre de 2019 cambiaron la constitución local para que el actual gobernador del estado, Jaime Bonilla, tuviera un mandato de cinco años  y no de dos para los que había sido electo.

Los diputados locales bajacalifornianos sucumbieron a las tentaciones del poder y con la reforma constitucional pretendieron prolongar el mandato del ahora gobernador Bonilla. El asunto fue resuelto por la Suprema Corte de Justicia de la Nación que  echó abajo la llamada “Ley Bonilla”, por ser un fraude constitucional.

Ahora, la mayoría del senado, con 80 votos a favor, 25 en contra y una abstención, aprobó el régimen transitorio al que se le agregó un artículo que altera la duración del encargo de Saldívar Lelo de Larrea como presidente de la corte, así como la  de los consejeros de la judicatura.

Con ese transitorio, burdamente se pretende invadir la esfera de responsabilidades constitucionales otorgadas al Pleno para que cada cuatro años elijan al presidente de la Suprema Corte.

Tras la aprobación del decreto se han anunciado acciones de inconstitucionalidad contra el artículo mencionado.  No se necesita ser un experto para adelantar que la corte lo echará abajo.

PAN TAMAULIPAS: PIFIA DE KINDER

Hace una semana y media, el dirigente estatal del PAN en Tamaulipas, Luis Rene Cantú Galván, desató una tempestad interna al anunciar que unos días después darían al conocer la lista de sus candidatos a las alcaldías del estado. Argumentó que desde el mes de agosto, aun antes de que iniciara el proceso electoral, venían levantando encuestas para medir la presencia pública de militantes de su partido.


La reacción fue obvia. Los reclamos no se hicieron esperar porque para esas fechas el partido aún no publicaba la invitación para quienes estén interesados en participar en el proceso de designación de candidatos, método que se eligió para Tamaulipas.


La declaración de Cantú Galván fue muy desafortunada porque evidenció la pretensión de sacar sus candidatos en un procedimiento sin sustento legal.

Ilegal, para más claridad.

De haber resuelto las candidaturas de la manera planteada, además de las reacciones negativas que siguieron a la afirmación del dirigente panista, el partido se hubiera visto arrastrado a la judicialización de su proceso interno.


Es elemental que, aunque la designación sea el método elegido en Tamaulipas para definir las candidaturas a presidentes municipales, el proceso debe abrirse para que los panistas se registren haciendo uso de sus derechos constitucionales.


El anuncio de Cantú Galván implicaba la pretensión de una abierta violación a los derechos de su militancia: negarles la oportunidad de participar en el proceso interno. De cabo a rabo, el contexto que dio a sus declaraciones carecía de sustento legal.


Por ejemplo, citar que el partido había hecho encuestas desde el mes de agosto de 2020 evidenciaba el quebrantamiento de las normas electorales, porque ese tipo de ejercicios tendrían que realizarse en la etapa señalada para las precampañas de los partidos políticos. De otra manera, como era el caso, serían ilegales.


Con fecha de 16 de enero, el presidente nacional del PAN emitió la invitación a la “ciudadanía en general” de Tamaulipas a participar en el proceso de designación de candidaturas “a los cargos de integrantes de Ayuntamientos (presidencia)”


El documento determina que desde esa fecha queda abierto el procedimiento de inscripción de “los ciudadanos y militantes” interesados en participar como precandidatos en el proceso de designación. El plazo vence al término de las precampañas, a fines de enero.


De esa manera se cumple el requisito legal indispensable para la designación. Satisfechas las formas legales, podrán designar a quienes hayan decidido con antelación, tal como lo había adelantado el dirigente panista en el estado.

AMLO: NADIE POR ENCIMA DE LA LEY. NADIE, NI EL

El presidente Andrés Manuel López Obrador defiende ‘Las mañaneras” como un ejercicio legítimo para dar a conocer a la población la información de las acciones que realiza su gobierno, así como parte del ejercicio de su libertad de expresión.


Con su más que conocida postura contra el INE, nuevamente descalifica al órgano electoral porque ha planteado que durante las campañas políticas, sus conferencias matutinas contravendrían la ley y pueden convertirse en un factor de desequilibrio del proceso.


En obvia coincidencia con lo expresado por el presidente, Mario Delgado Carrillo, dirigente nacional de Morena, en sus redes sociales también ha criticado al INE. “Las mañaneras son un ejercicio de transparencia y rendición de cuentas único en el mundo. No se debe privar al pueblo del derecho a la información pública y directa”.


Ambas posturas, son perfectamente entendibles pero, dentro de la discusión sobre la pertinencia de suspenderlas durante las campañas, son sumamente cuestionables desde el punto de vista legal. Efectivamente, sin lugar a discusión, sin duda alguna, el presidente, como cualquier otro mexicano, debe gozar de su derecho constitucional a manifestarse, a expresarse libremente.


Sin embargo, como servidor público tiene la carga de las obligaciones que le señala no solo la ley sino la misma constitución, más específicamente durante la etapa de promoción al voto, incluyendo el día de la elección.
Desde hace años existe lo que todos conocemos como “veda electoral”, que es la prohibición que tienen todas las autoridades del país de difundir su propaganda durante las campañas.

El artículo 41 de la Constitución, señala que durante ese tiempo: “Deberá suspenderse la difusión en los medios de comunicación social de toda propaganda gubernamental, tanto de los poderes federales, como de las entidades federativas, así como de los Municipios, de las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México y cualquier otro ente público. Las únicas excepciones a lo anterior serán las campañas de información de las autoridades electorales, las relativas a servicios educativos y de salud, o las necesarias para la protección civil en casos de emergencia”,

Más claro no puede estar.

Además de utilizar el tiempo de las mañaneras para atacar a quienes él considera sus adversarios y más recientemente, por ejemplo, para desacreditar, con un evidente interés electoral, a la coalición que formaron PAN, PRI y PRD, el presidente López Obrador cotidianamente informa sobre lo realizado por su administración.

Hace propaganda a su gobierno pero al iniciar las campañas, el contenido de sus conferencias matutinas se encuadraría en lo que la constitución prohíbe expresamente a todos los entes públicos del país. El presidente defiende su derecho constitucional a la libertad de expresión pero no puede pretender ponerlo por encima de una obligación que también le impone la constitución.

CORONAVIRUS: LA VIDA, HASTA EN UN VOLADO.

El Consejo General de Salud emitió una guía mediante la cual, en caso de que la capacidad existente para la atención de cuidados críticos a pacientes de coronavirus sea rebasada, se establecen los criterios para decidir quién si y quién no recibe dicha atención.

La Guía Bioética de Asignación de Recursos de Medicina Crítica, plantea que la escasez de estos  como puede ser el caso de equipo de asistencia de cuidados intensivos para pacientes de Covid, obliga al personal médico a decidir cómo se deben asignar cuando dos o más pacientes lo requieren.

El documento indica que los “recursos escasos a asignar” generalmente se requieren para salvar vidas  y que  “a su asignación a veces se le considera como elegir quien morirá”.  Sin embargo refiere que esa percepción es errónea porque “la intención detrás del acto de asignar recursos escasos es elegir quien sobrevivirá”.   Luego agrega que la muerte, o daño que sufre el otro paciente, se prevé pero que no se busca intencionalmente.

Ese planteamiento trata de graduar el efecto que puede tener la decisión de atender o no a un paciente. A final de cuentas escoger a uno entre varios,  implica la muerte de otro o más pacientes. 

A final de cuentas, es una decisión de vida o muerte.

Corresponderá a los equipos de Triage, un método de selección de pacientes usado en la medicina de emergencias y desastres, decidir mediante los criterios señalados en la guía, cuales pacientes con coronavirus serán asistidos con los equipos de medicina crítica.

Refiere que la guía se aplicará en el caso de que la capacidad existente esté sobrepasada o está a punto de ser sobrepasada y no es posible referir a los pacientes que necesitan de cuidados críticos a otros servicios de salud donde puedan ser atendidos de manera adecuada. 

Describe ampliamente una serie de principios que se consideran para la atención de la gente en circunstancias de escasez de recursos médicos.  Tras la exposición señala que en una condición de emergencia, como la que se vive por el coronavirus, el objetivo es proteger la salud de la población, buscando en primer lugar como salvar la mayor cantidad posible de vidas. 

El documento precisa que bajo esta pauta bioética, durante una emergencia como la que se vive en el país la asignación de recursos de medicina crítica debe atender otro principio: Salvar la mayor cantidad de vidas “por completarse”. En otras palabras la selección de los pacientes que podrán recibir asistencia, entre otros factores, estará determinada por su edad y sus posibilidades de sobrevivir más tiempo.

“Salvar la mayor cantidad de vidas requiere evaluar tanto la posibilidad de que un paciente mejore y sobreviva, cómo el tiempo que tardará en recuperarse”.  La decisión se sustenta en determinar quiénes tienen mayor probabilidad de sobrevivir con la ayuda de la medicina crítica. Deberán ser priorizados sobre los pacientes que tienen menor probabilidad.

Entre los criterios para establecer la asignación de los denominados “recursos escasos de medicina crítica” se debe observar si el paciente padece otras enfermedades que puedan complicar su salud.

Toda esta evaluación se realizará mediante puntajes de priorización. La guía incluso señala lo que se debe hacer en caso de puntaje empatado entre dos pacientes que requieran, por ejemplo, un respirador mecánico. Indica que se deberá recurrir a lo que denominan principio de “vida completa”, lo que quiere decir que los pacientes más jóvenes han de recibir atención de cuidados intensivos sobre pacientes de mayor edad.

Agrega que si aplicando el principio de “vida completa” no se resuelve el desempate, la decisión sobre quién recibirá acceso a los recursos escasos deberá tomarse al azar, “por ejemplo lanzando una moneda”.

La guía indica que debe haber un proceso de reevaluación durante la estancia de los pacientes en las salas de cuidados críticos. “Durante la reevaluación del paciente se recalculará el puntaje de priorización de acuerdo con la severidad de la enfermedad y nuevas complicaciones. A los pacientes que muestren una declinación clínica substancial de acuerdo con estándares clínicos objetivos se les retirará la atención de cuidados críticos.”

MARTI BATRES: LA INICIATIVA QUE OFENDE

El 2 de noviembre de 2019, con motivo del Día Internacional para Poner Fin a la Impunidad de los Crímenes contra Periodista, la Comisión Nacional de Derechos Humanos demandó esclarecer el 90 por ciento de asesinatos de periodistas que permanecen en la impunidad.

En un comunicado de prensa, en esa fecha divulgó cifras que muestran el ambiente de violencia que ha convertido a México en el país más peligroso del continente y uno de los más riesgosos del mundo para el periodismo.

Desde el 2000, señaló, se cometieron 153 homicidios de periodistas, entre ellos 16 mujeres. Sin contar los que ocurrieron después de esa fecha. Desde el 2005, otros 21 están desaparecidos y desde 2006, se han registrado 53 ataques contra instalaciones de medios de comunicación.

El organismo también se refirió al preocupante ambiente de hostilidad generado por expresiones de descalificación de servidores públicos contra periodistas o medios de comunicación, que propician que ciertos sectores vean esas opiniones “como un permiso” para agredir a la prensa.

Aunque el comunicado no lo refiere, la violencia contra la prensa también ha provocado el desplazamiento forzado de periodistas. El acoso, intimidaciones o ataques de grupos de poder dentro y fuera del gobierno han obligado a muchos a abandonar sus lugares de residencia.

Entre quienes se ha acogido a los mecanismos oficiales de protección hay quejas por los problemas que enfrentan en su condición de desplazados. 

En este gravísimo contexto, el senador Martí Batres Guadarrama presentó una iniciativa para reformar la Ley para la Protección de Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas.  El texto del senador de Morena indica que para presentar su propuesta se realizó una revisión exhaustiva de todos los artículos de la mencionada ley.

Explica que en el documento que presentó se eliminaron las expresiones que “discriminan, excluyen y hacen invisibles a las mujeres; sistemática, históricamente”.

Batres Guadarrama, por ejemplo,  propone eliminar términos como “beneficiario” para sustituirlos por “persona beneficiaria”  Entre sus argumentos, indica que “la adecuación de los textos jurídicos que rigen nuestra convivencia social también suma a los esfuerzos de inclusión y no discriminación”.

Sin pretender menospreciar, ni minimizar la importancia que tiene la necesidad de construir un entramado legal con perspectiva de género, en el contexto de alto riesgo que enfrenta el ejercicio periodístico en México, que lo mantienen como uno de los países más peligrosos del mundo para quienes se dedican a esta actividad, la iniciativa del senador morenista resulta hasta ofensiva.

Cambiar “Beneficiario” por “persona beneficiaria” en esa disposición legal no hará ninguna diferencia para atender la problemática que padecen los periodistas y los defensores de los derechos humanos.  Ni con esta ley ni con todos los instrumentos legales existentes, el estado mexicano ha sido capaz de garantizar un mínimo de seguridad al ejercicio periodístico, que desde hace mucho tiempo transita en un ambiente cada vez más hostil.